jueves, 10 de mayo de 2007

Servicio Nacional de Administracion Tributaria

SENIAT

El SENIAT fue creado el 10 de agosto de 1994 mediante la fusión de las Aduanas de Venezuela, Servicio Autónomo (AVSA) y el Servicio Nacional de Administración Tributaria (SENAT) para dar paso a la creación del Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria (SENIAT), según Decreto Presidencial Nº 310 de fecha 10 de agosto de 1994, publicado en la Gaceta Nº 35.525 de fecha 16 de agosto de 1994.

El 1° de julio de 1994, entró en vigencia la Reforma Tributaria instrumentada por el Ejecutivo Nacional con fundamento en la Ley Habilitante de fecha 14 de abril de 1994, publicada en Gaceta Oficial Nº 35.442 del 18 de abril de 1994. El proceso de fusión fue concebido como un proyecto de modernización orientado hacia un gran servicio de información con objetivos de aumentar la recaudación, actualizar la estructura tributaria nacional e impulsar la cultura tributaria, para promover el cumplimiento voluntario de las obligaciones de los contribuyentes.

La estructura organizativa del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) esta conformada por las funciones del nivel directivo que a su vez se divide en un nivel normativo y un nivel operativo. La estructura organizativa y funcional será decidida y establecida por el Superintendente Nacional Aduanero y Tributario, y publicado en la Gaceta Oficial.

Entre lo planes que ha desarrollado el SENIAT encontramos el Plan Evasión Cero el cual es una filosofía de trabajo que orienta estrategias de acción que tienen carácter permanente de todos los rincones de la geografía nacional, para combatir la evasión fiscal, el incumplimiento de los deberes formales tributarios y consolidar entre los contribuyentes y la aplicación general, una cultura tributaria. Por otra parte, el SENIAT ha desarrollado también el plan Contrabando Cero, el cual tiene su fin en disminuir los índices de mercancías que ingresan al país de manera ilícita.

Lo fines primordiales del SENIAT es el incremento de la recaudación tributaria que tiene origen de los ingresos no petroleros, permitir la modernización del sistema jurídico tributario y el desarrollo de la cultura tributaria, por ultimo la mejora de la eficiencia y eficacia institucional.



Carlos David Abarca Rodríguez CI: 15.756.526
Yorlenis A. Saraúz Q. CI: 17.894.854
Fanny Maldonado G C.I: 17015144